NOTICIAS SURyA

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Provincia y el Sindicato de Remiseros firman importante convenio.

Alejandro Poli Seretario general de remiseros y autoridades provinciales del transporte sellaron un convenio que regulariza la verificación técnica de los remises, obteniendo un descuento del 50% en los vehículos habilitados. En un marco distendido se celebro la firma del convenio que beneficiara a los trabajadores del remis en el ámbito quilmeño, gracias a la labor de su Secretario General Alejandro Poli y la buena disposición de las autoridades provinciales. Logro importante que beneficiara a cientos de remiseros en una quita del 50% a la hora de tener que abonar la verificación técnica vehicular. “Agradecemos la colaboración y el apoyo del gobernador Daniel Scioli, por que esto es una decisión política, es una mejora para la calidad del servicio, para los trabajadores y para la gente “ ( Alejandro Poli) Este avance responde al pedido de dar forma al decreto provincial N°1117/03 que reconoce a los remises inscriptos en el R.U.C.A.R.A debiendo tener inscriptos sus vehículos en la VTV de forma obligatoria. Uno de los puntos sobresalientes del convenio resalta que : A los efectos de lograr una mayor comodidad se trabajara con la modalidad de Preverificacion, lo que permitirá conocer en forma preliminar y antes de abonarla tarifa, las eventuales reparaciones necesarias para aprobar el control técnico, la vigencia del convenio se establece en el plazo de un año a partir de la firma del presente. Consultado el Secretario General del sindicato de remiseros manifestó su conformidad ante el logro obtenido destacando la figura del gobernador. “ Estoy muy contento por que estoy viendo que un gobernador que tiene una decisión politica esta llevando adelante lo que el General Peron decía … El estado, los trabajadores y los empresarios, juntos para mejorar, desde ya todo nuestro apoyo para esta firma y para la mesa del RUCARA, estamos poniendo todos nuestro esfuerso para que esto mejore y dignifiquemos el trabajo del sector”, finalizo Poli. La ceremonia contó con la presencia del asesor provincial del transporte Lic. Jorge Monga en representación del Director ejecutivo del transporte provincial Lic. Alberto Javier Mazza, El presidente de la VTV provincial señor Miguel Solis, representantes del RUCARA, el secretario de remiseros de La Plata señor Javier Scaramuti, La señora Ana Paula Garay Surya Quilmes, Daniel Merlo secretario Surya Mar del Plata, además de directivos de la VTV Quilmes y diferentes delegados del sindicato de remiseros.

por Juan Jose Alarcon
  • 25/11/14
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Boletín Oficial de la República Argentina, la Resolución 934/2014

Apruébase el texto del Estatuto Social del Sindicato Unico de Trabajadores de Remises y Autos al instante de la Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 8/9/2014 VISTO el Expediente Nº 1.434.359/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390 Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO: Que el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la aprobación de la modificación de su Estatuto Social y ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial. Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 478 de fecha 18 de junio de 2012 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que la entidad referida modifica asimismo su nombre social y en adelante pasará a denominarse SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE. Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467/88, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual, prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse. Que en el nuevo Artículo 1° del Estatuto Social se encuentra prevista la nueva zona de actuación que pretende ampliar la peticionante. Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003. Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551, por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma. Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988. Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas. Que teniendo en cuenta que las modificaciones efectuadas alteran sustancialmente la normativa estatutaria y a fin de adecuar la carta orgánica a la legislación vigente y aplicable en la materia, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal se aconseja la aprobación integral del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial. Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el texto del Estatuto Social del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que en adelante pasará a denominarse SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obrante a fojas 7/88 del Expediente Nº 1.581.320/13 agregado a fojas 122 del Expediente Nº 1.434.359/11, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88.

ARTICULO 2° — Reconócese la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial para agrupar a los trabajadores que se desempeñen bajo relación de dependencia con empresas que presten servicios de remiserías, con zona de actuación en la Ciudad de Santa Fe, Provincia de SANTA FE. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

FUENTE:Boletín Oficial de la República Argentina
  • 25/08/14
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Firma del RUCARA entre remiseros y la Gobernación de Daniel Scioli

En el día de la fecha, se firmó un convenio para mejorar la calidad del servicio interurbano de pasajeros, ellos ocurrió en la Dirección de Transporte de la Provincia de Buenos Aires ubicada en de la ciudad de La Plata.

El mismo, fue certificado por la Agencia Provincial de Transporte cuyo titular es el Licenciado Javier Mazza y el Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Autos al instante de la Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SURyA), que tiene como Secretario General al señor Claudio Alejandro Poli, que a su vez también es el Secretario General de la Federación de Remiseros de la Provincia de Buenos aires (Fereba), y la Federación Argentina de Remiseros (FAR). El contenido del acuerdo es para la optimización del Registro Único de Conductores de Remises y Afines (RUCARA), que permitirá al Sindicato actuar como agente de colaboración y así poder contar con información para controlar y elaborar normas de regulación a nivel intercomunal mejorando las condiciones de seguridad de los usuarios, la identificación de los choferes, de las empresas y la antigüedad del parque automotor, entre otras prestaciones. Dicho convenio ya se realizó con los Sindicatos de remiseros de las ciudades de La Plata y Mar del Plata; y con la firma de SURyA se completan todos los sindicatos de la Provincia de Buenos Aires.

Martin Acosta
jefe de prensa - SURyA
  • 25/08/14
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COMUNICADO DE PRENSA:

Nos es grato informarles que el poder judicial por medio de los diferentes tribunales que lo representan, reconoce el servicio de remis utilizado por los empleados de cualquier empresa, como parte de su propio sueldo; por ello se ordena incluir dicho gasto, en la base remunerativa para calcular cualquier indemnizacion por despido.

Esto representa una victoria mas para el trabajador del volante y para las agencias de remises debidamente registradas, y le otorga diginidad económica a todos los trabajadores del País.

Poli Claudio Alejandro
Secretario General - SURyA
  • 01/08/14
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LA SECRETARÍA DE TRABAJO RESUELVE:

ArtÍculo 1°

Declarase homologado el convenio colectivo de trabajo obrante a fojas 3/9 vuelta del Expediente 1.597.597/13, celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE AGENCIAS DE REMISE y la ASOCIACIÓN DE TITULARES DE AUTOS DE REMISE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), con los alcances que se precisan en los considerandos tercero a décimo octavo de la presente medida.

ArtÍculo 2°

La homologación dispuesta en el articulo precedente no comprende la contribución convencional empresaria con destino a las asociaciones empresarias signatarias, previstas en los articulos 26 y 28 del convenio, conforme los fundamentos explicitados en el considerando décimo cuarto de la presente.

ArtÍculo 3°

Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el convenio colectivo de trabajo obrante a fojas 3/9 vuelta del Expediente 1.597.597/13.

ArtÍculo 4°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el articulo 245 de la Ley N° 20.744 (Lo 1976) y sus modificatorias. Finalmente, precédase a la guarda.

ArtÍculo 5°

Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del convenio homologado, resultar aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Articulo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ArtÍculo 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese.

RESOLUCIÓN S.T. N° 8 95
  • 17/06/14

ESTUDIO CONTABLES O PROPIETARIO DE AGENCIAS DE REMIS

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de Julio del 2014.
De mi mayor consideración:

En mi carácter de Secretario General Claudio Alejandro Poli de SURyA (Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Autos al Instante), Personería Gremial Nº1850, con domicilio en la calle Cerrito Nº 228 – 1º “C”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, le informo lo siguiente:

Que estamos trabajando mancomunadamente con OSCRAIA (Obra Social de Conductores de Remises y Autos al Instante y Afines), con Numero de Rnos 1-2680-9, sito en la calle Cerrito N° 228 – 1° “B” – de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, , con el propósito de ir regularizando paulatinamente, el personal que se encuentra bajo Relación de Dependencia o no (que no tiene alta temprana), que se desempeñen en las siguientes categorías: A) Chofer Permanente, B) Chofer Relevante, C) Coordinador Permanente, D) Coordinador Relevante, E) Telefonista, F) Mantenimiento, G) Administrativos y H) Encargado de Parada. del Convenio Colectivo de Trabajo 0694/2014, y que los descuentos obligatorios de Ley, Sindical y Artículos Especiales de Convenio, que se depositan en la Cuenta Especial del Banco Nación de la Argentina – Sucursal Quilmes N° 37050279/1.-

A su vez como dar el alta a un Trabajador bajo Relación de Dependencia: Alta Temprana – AFIP, Simplificación Registral – Constancia del Trabajador Alta – Obra Social 126809 – Convenio Colectivo 0694/14 – Actividad 0694/14 – REMISES – SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS.

Sin otro particular, esperando tomen debida nota de lo presente y quedando desde ya a sus gratas órdenes, hago propicia la oportunidad para saludarlos con la consideración mas distinguida.


CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
Poli Claudio Alejandro
Secretario General - SURyA
  • 18/07/14
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